El Parlamento Europeo ha aprobado en su pleno del 24 de junio una histórica resolución sobre la situación de la salud y los derechos sexuales y reproductivos en la Unión, en el marco de la salud de las mujeres.

En ella se insta a la Comisión Europea a que en la próxima Estrategia sanitaria de la UE promueva la salud y los derechos sexuales y reproductivos,  y se recuerda a los Estados “su responsabilidad de garantizar a las mujeres el acceso a los derechos que les confiere la ley”. Además, el Parlamento Europeo solicita a la Comisión que tome medidas concretas para proteger la salud y los derechos sexuales y reproductivos, que condene enérgicamente la involución en el ámbito de los derechos de la mujer y que la contrarreste.

Esta resolución aborda entre otros aspectos la urgente necesidad de potenciar la información y educación sexual, el acceso universal a la anticoncepción de alta calidad, el derecho al aborto o el abordaje de la violencia obstétrica,  entre otros muchos aspectos.

La resolución aprobada reafirma que la salud y los derechos sexuales y reproductivos “son clave para la igualdad de género, el crecimiento y el desarrollo económicos, la protección de los niños y la eliminación de la violencia de género, la trata de seres humanos y la pobreza”.  Se pide a los Estados que estos ámbitos cuenten con la dotación presupuestaria, los recursos humanos y los productos suficientes, y que garanticen unos servicios de salud reproductiva y sexual “de calidad y accesibles para todas las personas con independencia de su estatus socioeconómico”, y que estén integrados “en los regímenes públicos existentes de seguridad social, subvención o reembolso a fin de lograr la cobertura sanitaria universal”.

Respecto al aborto, la resolución aprobada pide a los Estados que “eliminen y combatan los obstáculos a la práctica legal del aborto y les recuerda su responsabilidad de garantizar a las mujeres el acceso a los derechos que les confiere la ley”. El Parlamento Europeo recuerda que una prohibición total de la práctica del aborto o su denegación “puede considerarse un acto de violencia de género”. La objeción de conciencia de una persona, resalta la resolución del Parlamento Europeo, “no puede interferir con el derecho del paciente a acceder plenamente a la atención sanitaria y a los servicios”, y pide en consecuencia a los Estados de la Unión Europea y a los prestadores de asistencia sanitaria “que tengan en cuenta estas circunstancias en su prestación geográfica de servicios sanitarios”.

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Publicado el 28 junio, lunes, 2021

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